#Procesos y condenas

Eduardo Macaya es condenado por abusos; videos fueron prueba clave

Eduardo Macaya Zentilli es condenado por abusos sexuales a menores: tribunal valida videos como prueba clave

Tribunal de San Fernando sentenció a seis años de cárcel al padre del senador Javier Macaya por cuatro delitos consumados de abuso sexual

El Tribunal Oral en lo Penal de San Fernando condenó a Eduardo Macaya Zentilli (72) a seis años de presidio efectivo por la comisión de cuatro delitos de abuso sexual consumados contra dos menores de edad, ambos menores de 14 años. El fallo establece que los abusos ocurrieron en su domicilio en Placilla, Región de O’Higgins, y que el imputado actuó con “participación dolosa y culpable”.

La sentencia, dictada el 19 de julio, se basa en testimonios, peritajes y registros audiovisuales obtenidos durante la investigación liderada por la Fiscalía. No obstante, el tribunal absolvió a Macaya de otras acusaciones vinculadas a dos menores, por no haberse superado la duda razonable respecto de la veracidad de dichas imputaciones.

Actualmente, Macaya permanece bajo arresto domiciliario a la espera de que su condena quede ejecutoriada. Esta decisión fue adoptada por la Corte de Apelaciones de Rancagua, tras revocar la prisión preventiva decretada en primera instancia.

El rol clave de los videos en la sentencia

Uno de los elementos más relevantes del proceso fue la presentación de videos que registraron escenas ocurridas al interior del domicilio de Macaya. En total, la Fiscalía incorporó nueve grabaciones que, según la fiscal Javiera Oro, muestran conductas de índole sexual por parte del acusado hacia las víctimas.

Los querellantes calificaron estas imágenes como “acciones de connotación y relevancia sexual”, descartando que correspondieran a simples gestos afectivos. La defensa, por su parte, argumentó que los videos fueron editados y que solo mostraban al imputado “teniendo actitudes cariñosas”. Esta tesis fue desestimada por el tribunal, que valoró los registros como prueba incriminatoria contundente para acreditar los hechos contenidos en el punto N°4 de la acusación.

“Altamente creíble”: el testimonio de una víctima

En el caso correspondiente al hecho N°1, el tribunal dio por acreditado que Macaya abusó sexualmente de una menor en dos oportunidades el mismo día. El fallo se apoya principalmente en el testimonio directo de la víctima, el cual fue respaldado por peritajes psicológicos.

La defensa intentó invalidar este relato, cuestionando la falta de detalles como la fecha exacta de los hechos. Sin embargo, la abogada de la Defensoría de la Niñez, María Francisca Barra, enfatizó que esta expectativa “desconoce totalmente la forma en que se manifiestan los recuerdos en víctimas menores de edad”.

La sentencia reconoce que, en delitos sexuales, la prueba directa suele ser escasa debido a la clandestinidad en la que suelen cometerse. Aun así, el tribunal consideró que el relato fue consistente, verosímil y acompañado de corroboraciones indirectas, calificándolo como “altamente creíble”.

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